Asesoramiento a viviendas de alquiler turístico - Sterling Consultoría y Gestión Corporativa
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Asesoramiento a viviendas de alquiler turístico

No permitas que el desconocimiento de la ley estropee tus planes de inversión

Por primera vez, la Comunidad de Madrid ha abierto expedientes sancionadores a medio centenar de apartamentos y viviendas turísticas de Madrid por incumplir la nueva ley que regula el sector: el Decreto 79/2014, de 10 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 180, de 31 de julio) y que deben cumplir todos apartamentos y todas las viviendas turísticas de Madrid que se anuncien como tal en plataformas web.

Desde Sterling abogados, queremos recordar a los propietarios de viviendas de alquiler turístico que según la Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid, «La oferta, prestación de servicios y la realización de actividades, sin haber presentado la declaración responsable, exigida por la normativa turística» es una infracción «muy grave». Lo que implica que el propietario de la vivienda podrá enfrentarse a multas por importes desde 30.001 hasta 300.000 euros.

La ley de arrendamientos urbanos (LAU) aprobada el año pasado dejó en manos de las comunidades autónomas la regulación de las viviendas de uso turístico. Cataluña era la única de las comunidades que tenía una norma al respecto. Madrid se ha sumado a la regularización de este aspecto con el DECRETO 79/2014, de 10 de julio, que se publicó en el boletín oficial de la comunidad el 31 de julio.

Madrid ha comenzado a imponer las primeras sanciones a los apartamentos turísticos irregulares

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    ¿Qué trámites debe tener mi vivienda si la quiero alquilar como vivienda de uso turístico?

    En el caso de Madrid, el nuevo decreto aprobado establece que los titulares de viviendas de uso turístico deben presentar una  declaración responsable de inicio de actividad ante la dirección general competente. Tras lo cual deben inscribirse en el  Registro de Empresas Turísticas de la Dirección General competente en materia de turismo.

    Entre la documentación a presentar se debe de aportar un plano firmado por arquitecto y visado por el colegio de arquitectos. En la puerta de entrada de cada vivienda de uso turístico es necesario exhibir una placa distintiva de que se trata de una vivienda de uso turístico.

    Primeras sanciones a los apartamentos turísticos irregulares

    Son los particulares y las empresas las que ponen los apartamentos turísticos en alquiler por medio de plataformas web. Es por esa razón que el Gobierno de Cataluña fue la primera administración que decidió plantar batalla legal al portal de Internet Airbnb al imponerle este verano una multa de 30.000 euros por comercializar apartamentos turísticos ilegales. La sanción fue justificada por la Generalitat al constatar que la empresa norteamericana intermediaba entre turistas y propietarios de viviendas, que no habían sido debidamente inscritas en el Registro de Turismo de Cataluña, tal y como está marcado en la ley que fija los apartamentos turísticos ilegales.

    Además, el portal ofrece habitaciones en domicilios particulares, lo cual está prohibido por la normativa catalana (también por la madrileña). En caso de que Airbnb no retire del portal las viviendas no habilitadas para ser alquiladas a turistas, la Generalitat se plantea iniciar un procedimiento para impedir que se pueda acceder a la plataforma desde Cataluña.

    La Comunidad de Madrid ha comenzado por primera vez a imponer sanciones a los apartamentos turísticos irregulares.

    Si no se regulariza la actividad de la vivienda esta situación de ilegalidad puede hacer que el propietario sea sancionado. La consejería remite a la Ley de Turismo de la Comunidad de Madrid para establecer las mismas.

    Se establecen tres grados de multas:

    • Las infracciones leves conllevan el abono de una cuantía de hasta 3.000 euros. Se trataría de deficiencias en la prestación de los servicios, en el funcionamiento y limpieza, falta de distintivos o de documentación e información de exposición pública obligatoria, incorrección en el trato al usuario. Asimismo, también es catalogada como tal, entre otras circunstancias, el incumplimiento de cómo han de ser los libros de registros, la inexistencia de hojas de reclamaciones, o la negativa a entregarlas.
    • La sanción para las infracciones graves está comprendida entre 3.001 y 30.000 euros. Tiene esta calificación la alteración de los requisitos mínimos, el uso de rótulos diferentes a los de su clasificación, la ausencia de servicios obligatorios, la de limpieza o, entre otros, la no prestación de alguno de los servicios contratados, o el incumplimiento de las condiciones de calidad.
    • Las sanciones muy gravesse encuadran entre los 30.001 euros y los 300.000 euros.

    La imposición de las sanciones se graduará teniendo en cuenta la gravedad de los perjuicios ocasionados, el beneficio ilícito obtenido, la trascendencia social de la infracción, la situación de predominio en el mercado, la capacidad económica de la empresa, la categoría del establecimiento, la reincidencia y las repercusiones negativas para el sector. En la región hay cerca de 8.000 inmuebles pirata.

    De igual forma, serán sancionados con la misma cantidad los que se nieguen o impidan que los inspectores turísticos realicen su trabajo, el que aporte información o documentos falsos. Asimismo, la Administración regional podrá suspender la actividad, o cerrar temporalmente el establecimiento, locales o instalaciones. Dependiendo del grado de gravedad puede imponerse el cierre o la multa y la clausura

    Carlos Chaguaceda, el Director General de Turismo de la Comunidad de Madrid, lo explica en una entrevista concedida a la Agencia EFE en la que avanza la apertura de los primeros expedientes sancionadores a raíz de la nueva ley: el Decreto 79/2014, de 10 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 180, de 31 de julio).I am text block. Click edit button to change this text. Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.

    Chaguaceda recuerda a los propietarios de los apartamentos y viviendas de uso turístico que deben cumplir las normas fijadas por la Comunidad de Madrid, que entraron en vigor en agosto de 2014 tras más de un año de polémica y presión de hoteleros y hosteleros ante lo que estos denominaban «hostales clandestinos».

    La nueva ley introduce requisitos para los apartamentos y viviendas turísticas de Madrid como una estancia mínima de cinco noches que fue recurrida y ganada por la asociación Madrid Aloja. Además, entre otras cosas, obliga a los propietarios a legalizar las viviendas de uso turístico en un registro de empresas turísticas y mostrar una placa identificativa en lugar visible.

    La ley responde a las presiones que realizaron diferentes asociaciones hoteleras de Madrid, que se quejaban de que más de 8.000 de las 70.000 plazas del gremio de hospedaje de la Comunidad eran ilegales y pertenecían a pisos que, a modo de apartahoteles u hostales, se mantenían en la economía sumergida como gran reclamo de turistas extranjeros.

    Chaguaceda reconoce que el panorama se ha complicado con la irrupción en el sector de actores como Airbnb, la plataforma de economía colaborativa que conecta por internet a usuarios con anfitriones que ofrecen alojamiento en sus domicilios, una empresa que ya ha encontrado reticencias a su actividad en las administraciones de Cataluña.

    Sobre plataformas como Airbnb, el Director General de Turismo apunta que esta cuestión es un tema «tremendamente complicado» porque implica a muchas administraciones y se eleva a nivel europeo e incluso más allá: «Es un debate transnacional», explica, en la medida en que una empresa radicada en San Francisco -en alusión a Airbnb- es capaz de promocionar y ofertar un apartamento en Lavapiés a un señor que vive de Düsseldorf (Alemania).

    El responsable de Turismo aboga, primero, por «armonizar» esta cuestión entre las comunidades. De hecho, explica, la secretaria de Estado de Turismo ha abierto unas mesas de trabajo con las autonomías para intentar armonizar la regulación, unos trabajos ahora «un tanto en suspenso» hasta la constitución del Gobierno. Después, añade, habría que encontrar una «manera europea» de afrontar esta cuestión en la que «todas las partes en un conflicto siempre tienen una parte de razón, o algún argumento que funciona a su favor, y otras que no».

    El responsable de Turismo aboga, primero, por «armonizar» esta cuestión entre las comunidades. De hecho, explica, la secretaria de Estado de Turismo ha abierto unas mesas de trabajo con las autonomías para intentar armonizar la regulación, unos trabajos ahora «un tanto en suspenso» hasta la constitución del Gobierno. Después, añade, habría que encontrar una «manera europea» de afrontar esta cuestión en la que «todas las partes en un conflicto siempre tienen una parte de razón, o algún argumento que funciona a su favor, y otras que no».